Este #25Jun entra en vigencia la Convención Internacional contra la violencia y acoso laboral de la OIT25/06/2021

La Convención para la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Trabajo, primera norma internacional que aborda esta cuestión, entrará en vigor este viernes 25 de junio, dos años después de que fuera aprobada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), coincidiendo con la celebración de su centenario.

Hasta el momento la convención sólo ha sido ratificada por seis países: Uruguay (primero en hacerlo), Argentina, Ecuador, Fiyi, Namibia y Somalia, aunque sólo eran necesarios dos para que la normativa pudiera entrar en vigor.

La convención tiene el objetivo de combatir la violencia física, psicológica, sexual o económica en el ámbito laboral, y reconoce el derecho de los trabajadores a un entorno de trabajo libre de este tipo de malas prácticas y establece pautas para luchar contra ellas.

«La pandemia de la covid-19 ha dado más visibilidad a este problema, con numerosas denuncias de violencia y acoso desde que se iniciara la crisis sanitaria, especialmente contra mujeres y grupos vulnerables», destacó la OIT.

La convención fue aprobada en la 108ª sesión general de la OIT, el 21 de junio de 2019, con 439 votos a favor, siete en contra y 30 abstenciones.

Para señalar su entrada en vigor, la OIT ha lanzado esta semana una campaña para promover su ratificación y puesta en práctica por parte de los diferentes países miembros.

«Debemos urgir a los países a que ratifiquen esta convención y ayuden a construir, junto con patronales y trabajadores, un entorno laboral dignificado, seguro y sano», destacó al respecto el director general de la OIT, Guy Ryder.

El instrumento jurídico internacional cubre a todas las categorías de trabajadores, independientemente de su estatus contractual, así como a personas en formación -incluyendo aprendices y pasantes-, aquellas cuyos trabajos han terminado, voluntarios y personas que buscan empleo.

La convención reconoce también que la violencia y el acoso pueden ocurrir a través de comunicaciones vinculadas al trabajo, incluyendo las de carácter virtual.

Fuente: Banca y Negocios