Plebiscito contra Nicolás Maduro y la ANC será el 16 de julio03/07/2017

El domingo 16 de julio se efectuará la consulta o plebiscito contra el presidente Nicolás Maduro, la convocatoria a la constituyente y sobre el papel de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en el resguardo de la Constitución, según el cronograma de trabajo de la Mesa de la Unidad Democrática al que tuvo acceso El Nacional.

La MUD definió ayer parte de la logística del acto de la firma del Acuerdo de la Sociedad para Avanzar en el Rescate de la Democracia y la Constitución, pautado para las 10:00 am en el Teatro Chacao, cuyo texto avala la consulta, contentiva de tres preguntas: ¿Apoya usted que Nicolás Maduro continúe como presidente?; ¿Está de acuerdo con una constituyente comunal?; y ¿Cuál debe ser el papel de la FANB ante la violación de la Constitución?

El domingo 16 surge como la fecha indicada de la consulta, revelaron fuentes. La dirigencia de la MUD guarda con reserva la información para que sea conocida hoy en el mencionado acto al cual han sido invitados desde la fiscal general, Luisa Ortega Díaz; el vicefiscal Rafael González Arias, ex ministros del chavismo, magistrados, militares retirados, disidentes oficialistas, independientes, universidades, gremios y “todos cuantos rechazan las atrocidades de Maduro”.

El presidente de la Asamblea Nacional, Julio Borges, no ofreció más detalles del plebiscito, pero sí señaló que Roberto Picón, técnico electoral de la MUD, evaluaba una consulta al país y por esta razón fue secuestrado por el Sebin.

Los expertos electorales de la MUD, junto con varias ONG, trabajarán en esta jornada que busca darle forma a una salida política electoral a la crisis del país, expresada en 3 meses de protestas que han dejado 87 muertos, más de 1.000 heridos y 3.000 detenidos.

La Constitución, en su artículo 71, consagra la figura del referéndum popular y señala que se pueden someter a elección temas de trascendencia nacional por iniciativa del presidente, del Parlamento (por mayoría de sus miembros) o un número no menor de 10% de electores inscritos en el Registro Electoral. El artículo 293 le asigna a este poder la organización, administración, dirección y vigilancia de elecciones y referendos.

Sin embargo, la clave del plebiscito estaría en las asambleas de ciudadanos, que se convocarán en los Comités de Rescate de la Democracia, porque la Constitución les asigna un poder de decisión y sus actos son de carácter vinculante (de obligatorio cumplimiento) para los poderes constituidos, explicaron fuentes.